lunes, 2 de septiembre de 2019

HAY PEROS EN EL INICIAL CAMINO DEL RECTOR DE LA UQROO

HECHO PÚBLICO/ por José A. Miranda


ENCUENTRAN INCONSISTENCIAS AL NOMBRAMIENTO DE LÓPÉZ MENA COMO                                                                NUEVO RECTOR DE LA UQROO
entirasLópez Mena viola Ley del Notariado de QR
Cancún, QR. El rector de la Universidad de Quintana Roo, Francisco López Mena, al parecer incurrió en violaciones a la Ley de Notariado y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo, al incumplir con la notificación de la conclusión de su encargo como Secretario de Gobierno ante la Dirección General de Notarías.
Esta situación podría redundar en una falta grave y de aplicarse ambas legislaciones podría ser destituido de su actual encargo como rector de la Universidad de Quintana Roo (Uqroo) o perder su patente como notario público número 7.
La Ley de Notariado establece en su Título Décimo Primero las reglas para la separación temporal de las funciones de cualquier notario. Entre ellas se encuentran las aplicables para los notarios que sean designados en un cargo público estatal.
Este es el caso de López Mena, quien ostenta una de las primeras notarías entregadas en el estado y con sede en el municipio de Benito Juárez.
Los funcionarios en esta situación de acuerdo a la Ley respectiva, en su artículo 149, establece que la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Notarías, es la responsable de otorgar esa licencia de separación temporal como notario, durante el tiempo que dure su encomienda en el servicio público.
Asimismo la normatividad también estipula que el notario durante su paso como servidor público deberá proponer a un suplente, cuya aprobación depende directamente del Ejecutivo. Sin embargo señala que una vez concluida la encomienda se tiene que informar de nuevo a la Dirección General de Notarías de su conclusión, para reintegrarse de nuevo a sus labores notariales.
De ser requerido una vez más como servidor público deberá informar otra vez a la Dirección General de Notarías y solicitar por escrito una nueva licencia y otra suplencia durante de ausencia.
Estas notificaciones de inicio o conclusión de encargo como servidor público deberán ser publicadas en el Periódico Oficial del Estado, como el caso de la notaria número 60 Cristina Torres Gómez, cuya licencia por el tiempo que dure su encomienda (como diputada) fue publicada el 30 de agosto pasado; con fecha de inicio a partir del 01 de septiembre de 2019.
Tras una revisión de las 36 publicaciones ordinarias y extraordinarias, del 01 de julio al 30 de agosto del presente año, en el Periódico Oficial del Estado se puede comprobar que no hay una sola de López Mena sobre el término de su encomienda como Secretario de Gobierno (el 3 de julio pasado) o una nueva licencia temporal de su función notarial, producto de otro cargo como servidor público.
Además al poner el nombre del ex secretario de Gobierno en el buscador del Periódico Oficial, la publicación más reciente que aparece data del 28 octubre del 2010 y es sobre su reincorporación como notario público a partir del 20 de ese mes y del mismo año. Esto podría significar que ni siquiera notificó o pidió licencia de forma oficial para fungir como Secretario de Gobierno.
Lo anterior de acuerdo a la Ley del Notariado del Estado de Quintana Roo constituye una falta porque no hay una notificación de por medio. El artículo 148 de la citada legislación establece que podría ser causal de revocación de la patente otorgada.
Asimismo la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos en su artículo 47, Fracción XXII, señala que constituye una falta abstenerse de cualquier acto u omisión que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público.
Además de llegar por imposición a la universidad de Quintana Roo, Francisco López Mena no solo incumplió con los requisitos establecidos en la convocatoria para la rectoría al no entregar su cédula de maestría y su plan de trabajo, sino que ahora resulta que también violó la Ley del Notariado y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. (sim)
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